1. La cuantía de la ayuda será la siguiente:
  2. a) Para titulares de establecimientos de alojamiento turístico inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana:

– Alojamientos Hoteleros del Grupo Primero (Hoteles)

De hasta 50 plazas: 2.500,00 euros

De 51 a 100 plazas: 6.000,00 euros

De 101 a 200 plazas: 10.000,00 euros

De 201 a 400 plazas: 17.000,00 euros

De 401 a 600 plazas: 25.000,00 euros

De 601 a 800 plazas: 35.000,00 euros

De más de 800 plazas: 45.000,00 euros

– Alojamientos Hoteleros del Grupo Segundo (Hostales), Tercero

(Pensiones) y albergues urbanos: 1.000,00 euros

– Empresas gestoras de viviendas turísticas cuya capacidad alojativa

sea:

  • De hasta 500 plazas: 1.000,00 euros
  • De más de 500 plazas: 1.800,00 euros

– Titulares de bloques y conjuntos de apartamentos turísticos:

De hasta 50 unidades alojativas: 2.000,00 euros

De 51 a 100 unidades alojativas: 5.000,00 euros

De más de 100 unidades alojativas: 8.000,00 euros

– Titulares de campings:

  • De hasta 500,00 plazas: 3.000,00 euros
  • De 501 a 1.000,00 plazas: 7.000,00 euros
  • De más de 1.000,00 plazas: 11.000,00 euros

– Titulares de alojamientos rurales:

  • Casas rurales: 500,00 euros
  • Albergues rurales: 1.000,00 euros
  1. b) Para titulares de agencias de viajes inscritas en el Registro de

Turismo de la Comunitat Valenciana: 3.500,00 euros

 

La ayuda ascenderá a 4.000,00 euros si la persona o entidad que la

solicita está, además, adherida a los programas CreaTurisme o SICTED

 

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