Del 29 de julio de 2021 hasta el 31 de julio de 2024.
La adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por renting de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila combustible.
Se subvenciona la adquisición de vehículos adquiridos mediante pago directo o financiación bancaria, contrato de renting o mediante leasing.
Se subvenciona la compra de turismos, furgonetas, motocicletas o cuadriciclos, pero no la de ciclomotores. Y, sólo vehículos eléctricos o de pila de combustible (H2).
También se pueden adquirir vehículos DEMO matriculados por el punto de venta hasta 9 meses antes de la fecha de la factura o fecha de registro de la solicitud (lo que ocurra antes).
Los tipos de vehículos cuya compra se subvenciona están en la web de MOVES III - https://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES
Personas físicas, autónomos, comunidades de propietarios y entidades públicas.
Se podrán subvencionar las compras realizadas a partir del 9 de abril de 2021.
La cuantía de la ayuda depende de diversos factores como el tipo de vehículo o de solicitante, entre otros. El detalle de esta información se puede consultar AQUI.
Aquellas personas, empresas y entidades interesadas han de ponerse en contacto con alguno de los concesionarios o puntos de venta adheridos al programa; éstos serán quienes tramitarán telemáticamente las ayudas (entidades locales y administración pública, podrán realizarlo directamente).
El listado de concesionarios/puntos de venta adheridos se puede consultar en la dirección http://moves.ivace.es
La adhesión de los concesionarios/puntos de venta de vehículos, al programa, es hasta el 30 de noviembre de 2023.
Las actuaciones apoyables y su casuística asociada se describen de forma sencilla y con todo detalle en este enlace: MOVES III
Convocatoria: DOGV 19/07/2021
Modificación de bases: RD 821 (BOE 14/11/2023)