Plazo de solicitud: Desde el 15 de enero al 9 de febrero de 2024
Objetivo:
Incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes comerciales.
Las ayudas irán destinadas a financiar los gastos corrientes realizados desde el 1 de ENERO DE 2024 hasta el 30 de SEPTIEMBRE DE 2024, ambos días incluidos, derivados:
- Del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad.
- O de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.
El establecimiento comercial deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.
La justificación será hasta el 15 de octubre de 2024,
Gastos subvencionables:
- Estudios de viabilidad, factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento
- Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y además, en su caso, on line.
- Gastos de alquiler del local devengados hasta el 30 de septiembre del ejercicio en el que se convoque la ayuda.
Cuantía:
Hasta el 50% con el límite de 10000€, sin que en concepto de alquiler se superen los 5000€ de subvención.
Beneficiarios:
1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes según:
- CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009):
Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
- IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
- Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
- Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655
En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.
Plazo de solicitud: Desde el 15 de enero al 9 de febrero de 2024
Acceso a los formularios de solicitud y ampliación de información