Soportar los gastos de inversión de la actividad empresarial siempre que suponen la puesta en marcha de un negocio en un local en planta baja que previamente hubiera estado vacío o que sea objeto bisiesto por jubilación del titular actual.
- Inversión en adecuación y rehabilitación del local
- Inversión en nueva maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje
- Inversión nueva en mobiliario
- Inversión nueva en equipos para el proceso de información
- Inversión de carácter inmaterial, excepto aquellas actuaciones ya cubiertas por el Kit Digital
- Haber suscrito un contrato de compraventa, arrendamiento o cesión de local
- Que el local en planta baja donde se desarrolle la actividad comercial se encuentre en el término municipal de Gandia y se encuentre vacío o cambio la titularidad por traspaso debido a la jubilación de los titulares actuales
- Que el local se mantenga abierto al público durante al menos 11 meses en el año
- La licencia o declaración responsable para la realización de las obras ha de ser posterior a la publicación oficial de esta ayuda (2 de octubre)
- Mantener la actividad en el local objeto de la inversión subvencionada al menos durante dos años a contar de de la fecha de alta de la actividad que figuro en el certificado de situación censal aportado en la fase de justificación
- Las facturas de los gastos de inversión tendrán que sumar como mínimo el 100% del importe declarado en el presupuesto presentado en la solicitud inicial, impuestos excluidos. El pago de las facturas tiene que haberse realizado entre la fecha de la solicitud de subvención y el 31 de diciembre de 2024.
- Hay que haber recibido o estar recibiendo formación en Urbalab sobre el modelo de negocio y estudio de viabilidad