Fomentar el emprendimiento en la Comunitat Valenciana mediante la concesión de subvenciones a las personas paradas que, reuniendo los requisitos indicados, se establezcan como trabajador autónomo o por cuenta propia en proyectos innovadores
Objeto
Beneficiarios
Personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en Labora Servicio Valenciano de Empleo y formación, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los requisitos establecidos.
Quedan excluidos:
- Socios de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales
- Familiares colaboradores de otra persona que trabaja por cuenta propia
Cuantias
Si la persona beneficiaria és un hombre
5000€
Si és una mujer
6000€
Si és una mujer víctima de violencia de género
6600€
Requisitos
Contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo esta actividad
La actividad autónoma debe tener carácter innovador. A tal efecto, se considerará que tiene carácter innovador si cumple alguna de las siguientes condiciones:
- Los proyectos que ofrecen alguna novedad o mejora sobre productos o servicios existentes.
- Las actividades en las que se detecte una falta de oferta en el territorio donde la persona trabajadora autónoma vaya a prestar servicios.
- Las ideas de negocio, en sectores maduros, que dan respuesta a necesidades no cubiertas. La persona solicitante debe acreditar tanto la formación a la que hace referencia el apartado.
La persona solicitante debe acreditar la siguiente formación: (ambas):
- Formación profesional oficial (del sistema educativo o formación profesional para el empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio
- Formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera o de marketing digital.
Condiciones para a la concesión de la subvención
Haberse dado de alta en el RETA o en la mutualidad correspondiente
Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad
Figurar de alta en el censo de obligados tributarios
No haber realizado la misma actividad o similar como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia en los seis meses anteriores al inicio de la actividad que da lugar a la solicitud de la subvención (se exceptúan los casos de víctimas de violencia de género)
No haber sido beneficiario ni en 2022 ni 2023 de otras subvenciones de Labora
El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades del Mapa del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana.
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